El tiempo de la inteligencia artificial (IA) ha llegado, lo vemos abiertamente en nuestros días, y esto debe movernos rápidamente a crear formas legales para su regulación en aras del uso de herramientas para un bien común.
Como bien sabemos la inteligencia artificial (IA) es un cúmulo de tecnologías de rápido crecimiento y obvio abanico de beneficios económicos y sociales para todos los sectores y actividades productivas, educativas y etcétera.
Dicho de paso, aunque sus elementos y técnicas potencian los beneficios socioeconómicos también pueden dar lugar a nuevos riesgos o consecuencias negativas para personas concretas o la sociedad en su conjunto. En vista de la velocidad a la que cambia la tecnología y las posibles dificultades venideras.
Un marco regulatorio pretende alcanzar el objetivo para desarrollar confianza para que la IA sea fiable. Entonces mi propuesta se basa en los valores y derechos fundamentales y tiene por objeto inspirar confianza en los ciudadanos y otros usuarios para que adopten soluciones basadas en la IA, al tiempo que trata de animar a las empresas a que desarrollen este tipo de soluciones. La IA debe tener como fin último:
incrementar el bienestar humano.
En consecuencia, las normas relativas a la IA presente en el mercado que afecte de algún modo a sus habitantes deben estar centradas en las personas, a fin de que la población tenga la seguridad de que la tecnología se usa de un modo seguro y en consonancia con la ley, lo que también implica respetar los derechos fundamentales.
En este contexto político, con esta Ley se propone un marco reglamentario sobre inteligencia artificial con los siguientes objetivos específicos:
• Garantizar que los sistemas de IA introducidos y usados en el mercado sean seguros y respeten la legislación vigente en materia de derechos fundamentales;
• Garantizar la seguridad jurídica para facilitar la inversión e innovación en IA.
• Mejorar la gobernanza y la aplicación efectiva de la legislación vigente en materia de derechos fundamentales y los requisitos de seguridad aplicables a los sistemas de IA.
• Facilitar el desarrollo de un mercado único para hacer un uso legal, seguro y fiable de las aplicaciones de IA y evitar la fragmentación del mercado.
Para alcanzar dichos objetivos, la presente propuesta presenta un enfoque normativo horizontal, equilibrado y proporcionado, para la IA, que se limita a establecer los requisitos mínimos necesarios para subsanar los riesgos y problemas vinculados a la IA, sin obstaculizar ni impedir indebidamente el desarrollo tecnológico y sin aumentar de un modo desproporcionado el coste de introducir soluciones de IA en el mercado. La propuesta establece un marco jurídico sólido y flexible.
Por un lado, las opciones reglamentarias fundamentales que plantea, incluidos los requisitos basados en principios que deben cumplir los sistemas de IA, son amplias y pueden resistir el paso del tiempo. Por otro lado, establece un sistema regulatorio proporcionado centrado en un enfoque normativo basado en los riesgos y claramente definido que no impone restricciones innecesarias al comercio, en el que la intervención jurídica se adapta a aquellas situaciones concretas en las que existe un motivo de preocupación justificado o en las que es posible anticipar razonablemente que se producirá un problema en un futuro próximo. Al mismo tiempo, el marco jurídico incluye mecanismos flexibles que le permiten adaptarse de manera dinámica a medida que evoluciona la tecnología y surgen nuevas situaciones preocupantes.
La propuesta establece normas armonizadas para el desarrollo, la introducción en el mercado y la utilización de sistemas de IA a partir de un enfoque proporcionado basado en los riesgos. También propone una definición única de la IA que puede resistir el paso del tiempo. Asimismo, prohíbe determinadas prácticas particularmente perjudiciales de IA por ir en contra de los valores y propone restricciones y salvaguardias específicas en relación con determinados usos de los sistemas de identificación biométrica remota con fines de aplicación de la ley.
La propuesta establece una sólida metodología de gestión de riesgos para definir aquellos sistemas de IA que plantean un «alto riesgo» para la salud y la seguridad o los derechos fundamentales de las personas.